Pregunta revisada el 5 de agosto de 2026

¿La Administración puede excluir notas internas del expediente?

Sí. Las notas, borradores, opiniones, resúmenes y comunicaciones internas que solo sirven de apoyo no forman parte del expediente administrativo.

La excepción que debes comprobar

Un documento no queda fuera solo por llamarse «informe». Los informes pedidos antes de dictar la resolución, tanto obligatorios como facultativos, sí deben incorporarse al expediente.

Cómo distinguirlos

Una nota auxiliar ayuda al trabajo interno y no constituye una actuación del procedimiento. En cambio, una solicitud, una prueba, un informe pedido formalmente, una propuesta o una notificación pueden influir en la decisión y deben poder localizarse en el expediente cuando corresponda.

Qué hacer si falta un documento relevante

Identifica el documento, explica por qué consideras que forma parte del procedimiento y pide una copia al órgano que lo tramita. Guarda el justificante y protege cualquier plazo de alegaciones o recurso que ya esté corriendo.

El nombre del archivo no decide por sí solo

Para saber si el documento debe formar parte del expediente, revisa qué función cumplió. Si sirvió de antecedente o fundamento de la resolución, documentó una actuación del procedimiento o fue pedido formalmente antes de resolver, su contenido puede ser relevante aunque se titule «nota» o «comunicación interna».

Cómo formular la petición

Describe el documento por su fecha, autor, asunto o referencia y pide que se indique si está incorporado al expediente. Si la Administración lo considera información auxiliar, solicita que explique qué naturaleza tiene y por qué no forma parte del procedimiento. Esta petición no paraliza automáticamente el plazo que tengas para alegar o recurrir.

Fuente oficial

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