Cuándo puede ampliarse
El responsable puede ampliar el plazo otros dos meses si resulta necesario por la complejidad o el número de solicitudes. Debe comunicártelo dentro del primer mes y explicar por qué necesita más tiempo.
Desde qué día se cuenta
El plazo parte de la recepción de la solicitud por el responsable del tratamiento. Guarda el justificante del formulario, correo o registro utilizado, porque permite acreditar esa fecha.
Qué debe explicar la respuesta
La entidad debe informarte de las actuaciones realizadas. Si no da curso a la solicitud, debe comunicarte los motivos dentro del mismo plazo e indicarte que puedes reclamar ante una autoridad de control y acudir a los tribunales.
Qué hacer si pasa el plazo
Si no recibes respuesta, o la respuesta es insatisfactoria, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Aporta la solicitud original y la prueba de que llegó a la entidad.
Cómo se cuenta el mes
La regla se expresa en meses, no en treinta días. El responsable debe responder dentro del mes siguiente a la recepción de la solicitud. Si necesita ampliar el plazo, debe avisarte dentro de ese primer mes; una comunicación posterior no corrige por sí sola el retraso.
Qué ocurre si necesita comprobar tu identidad
Cuando existan dudas razonables, la entidad puede pedir información adicional para confirmar quién ejerce el derecho. Debe solicitar solo lo necesario y explicar la petición. Responde cuanto antes y conserva la comunicación. Si consideras que exige documentación desproporcionada o utiliza la identificación para no tramitar el derecho, incluye ese hecho en la reclamación ante la AEPD.
Fuente oficial
AEPD: reglas y plazos para ejercer derechos.